BECAS DE COMEDOR ESCOLAR 25-26
EN COMUNIDAD DE MADRID
Becas de comedor escolar para el alumnado escolarizado en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos ubicados en la Comunidad de Madrid.
Plazo de presentación de solicitudes
Fecha de inicio: 18/06/2025 Fecha de fin: 15/07/2025
¿Quién la puede solicitar?
Progenitores, tutores, acogedores o personas encargadas de la guarda y custodia de alumnas y alumnos que están matriculados o tienen una reserva de plaza en alguno de los siguientes tipos de centro:
- Escuelas infantiles de titularidad pública.
- Escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos públicos con convenio con la consejería competente en materia de Educación.
- Colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, incluidos aquellos cuyo servicio de comedor sea prestado a través de las entidades locales.
- Colegios públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
- Colegios privados de Educación Infantil, Primaria y Secundaria sostenidos con fondos públicos, en las etapas educativas obligatorias (Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria) y Educación Infantil de segundo ciclo.
- Colegios Rurales Agrupados (CRA), incluidos aquellos cuyo servicio de comedor lo están prestando las entidades locales.
- Institutos de Educación Secundaria, que cuentan con servicio de comedor debidamente autorizado, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.
Requisitos:
- Disponer de una renta familiar por persona que no supere los 8.400 euros durante el año económico 2023. Para este cálculo se tienen en cuenta todos los ingresos de la unidad familiar, así como el número de personas que la conforman.
- Algún miembro de la unidad familiar recibe la Renta Mínima de Inserción.
- Algún miembro de la unidad familiar recibe el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la renta familiar anual por persona es inferior a 8.400 euros pudiéndose acreditar el IMV del 2023,2024 o 2025.
- Pertenecer a una familia que dejó de recibir la Renta Mínima de Inserción por recibir del Ingreso Mínimo Vital.
- Disponer del título de Familia Numerosa y que la renta familiar por persona esté entre 8.400 y 10.000 euros.
- Algún miembro de la unidad familiar es víctima del terrorismo.
- Algún miembro de la unidad familiar es víctima de violencia de género.
- Alguno de los progenitores pertenece a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional o Guardia Civil) o pertenece a las Fuerzas Armadas con destino en la Comunidad de Madrid.
- Alumnado en acogimiento familiar temporal, permanente o guarda con fines de adopción.
- Escolarizado de oficio en un centro concertado que usa el transporte escolar (alumnado que ha sido asignado en un centro concertado y hace uso del transporte escolar).
- Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades (asilo o protección subsidiaria).
- Algún miembro de la unidad familiar es beneficiario de la protección temporal afectada por el conflicto de Ucrania.
CUANTÍAS
El centro educativo recibirá una cuantía por alumno beneficiario para el servicio de comedor durante el curso escolar. Los importes varían en función de la situación de la familia:
- 979 euros para familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o a las que se les ha extinguido la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital.
- 979 euros para familias beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con una renta familiar por persona inferior a 3.000 euros.
- 445 euros para familias beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital con una renta familiar por persona, desde 3.000 euros hasta 8.400 euros, familia con una renta familiar por persona inferior a 8.400 euros, familia víctima de violencia de género, víctima del terrorismo, con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o Fuerzas Armadas o en acogimiento familiar.
- 295 euros para familia numerosa a partir de 8.400 euros e inferior a 10.000 euros.
- El coste del comedor escolar del centro donde se encuentre matriculado, para alumnos escolarizados de oficio en centros privados sostenidos con fondos públicos que hagan uso del transporte escolar, para familias beneficiarias de protección internacional o familias beneficiarias de protección temporal por el conflicto de Ucrania.